Sobre la aplicación de la Ley N.º 32171 en la UNMSM

Comunicado_Sobre la aplicación de la Ley Nº 32171 en la UNMSM

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El inciso b) de la Ley Nº 32171 establece como requisito para el nombramiento excepcional de los docentes contratados en las universidades públicas, que el postulante haya tenido vínculo laboral hasta el semestre 2023-II. En este sentido, el inciso c) del citado artículo prescribe que el docente debe haber sido contratado mediante Concurso Público.

En este contexto, según informe de la Oficina General de Recursos Humanos, no se ha registrado contratos docentes con vínculo laboral en la UNMSM. Asimismo, durante el semestre 2023-II, en la UNMSM no se ha convocado a concurso público para contrato docente.

Por tanto, al no cumplirse en ningún caso los dos supuestos indicados en la norma para el nombramiento excepcional de docentes contratados, la Ley Nº 32171 es inaplicable en la UNMSM.