Como es de conocimiento público el Congreso de la República aprobó la norma que modifica temporalmente el art. 45 .1 de la Ley Universitaria N.º 30220 en lo referente a la obtención del bachillerato automático para los estudiantes que hayan concluido sus estudios en los años 2020 y 2021, a través de la incorporación de la disposición complementaria transitoria décimo cuarta en la referida ley.
Esta disposición refiere que los estudiantes que hayan aprobado los estudios de pregrado en las escuelas profesionales, tanto de universidades públicas como privadas durante los años 2020 y 2021, accederán, a su solicitud, al bachillerato automático. Asimismo, señala que también se exonerará de la presentación y aprobación del trabajo de investigación, así como del requisito de idiomas, cuando no lo contemple el plan de estudios al que hace referencia el numeral 43.1 del artículo 45 de la presente ley.
No obstante lo señalado, este proyecto de ley aún no se ha publicado en el diario Oficial el Peruano, por lo que se espera su publicación y la directiva del órgano público responsable para su aplicación.